MINISTERIO DE ECONOMÍA .
Resolución Conjunta 3/2023
RESFC-2023-3-APN-MAD
Ciudad de Buenos Aires, 03/07/2023.
VISTO el Expediente N° EX-2021-117180497- APN-DGAYF#MAD, el Artículo 41 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, la Ley General del Ambiente N° 25.675, la Ley de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos N° 26.331, la Resolución Conjunta RESFC-2022-2-APN-MAD, el Acta del a Primera Reunión del Comité Técnico Nacional de MBGI, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 41 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL establece que “… las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las generaciones futuras (…)” y que, “… Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica y la información y educación ambientales”.
Que, conforme la Ley Nº 25.675, son objetivos de la política ambiental nacional asegurar la preservación, conservación, recuperación y mejoramiento de la calidad de los recursos ambientales, tanto naturales como culturales, en la realización de las diferentes actividades antrópicas; prevenir los efectos nocivos o peligrosos que las actividades antrópicas generan sobre el ambiente para posibilitar la sustentabilidad ecológica, económica y social del desarrollo y promover cambios en los valores y conductas sociales que posibiliten el desarrollo sustentable.
Que la Ley de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos N° 26.331 promueve la defensa y el crecimiento del patrimonio forestal nacional.
Que la Resolución RESFC-2022-2-APN-MAD es una resolución conjunta entre el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE y el ex MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA. que aprueba el Documento “Principios y Lineamientos Nacionales para el Manejo de Bosques con Ganadería Integrada en concordancia con la Ley N° 26.331”.
Que dicha resolución creó el Comité Técnico Nacional, el que debía elaborar el Plan Nacional de Manejo de Bosques con Ganadería Integrada, el que tendrá como Objetivo General “Promover el aprovechamiento foresto-ganadero mediante el manejo sostenible de los bosques nativos, que contemplen el desarrollo de las actividades ganaderas y forestales”.
Que el Comité Técnico Nacional está integrado por representantes del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y de la Secretaría de Agricultura Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía, en virtud de lo preceptuado en el Artículo 3° de la RESFC-2022-2-APN-MAD, mencionada ut supra.
Que el 20 de marzo de 2023 se celebró la primera reunión del Comité Técnico Nacional, en la cual se aprobó la versión final del Plan Nacional de Manejo de Bosques con Ganadería Integrada IF-2023-68764469-APN-DNB#MAD.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Dirección Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92), sus modificatorias y complementarias.
Por ello,
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE y EL MINISTERIO DE ECONOMÍA
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1.- Apruébase el “Plan Nacional para el Manejo de Bosques con Ganadería Integrada (MBGI)”, registrado con el número IF-2023-73962798-APN-DNB#MAD, que como Anexo forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Juan Cabandie – Sergio Tomás Massa
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Conjunta se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-