COMISIÓN ADMINISTRADORA DEL RÍO URUGUAY

Resolución 37/2023

 

Paysandú, 29/03/2023

VISTO:

Las Notas CARU Nº 330/22 y CARU Nº 328/22, presentadas por los Permisionarios UNA SA y Jafarul Trade SA respectivamente, y;

CONSIDERANDO:

I) Que ambos Permisionarios solicitan la posibilidad de modificar – a partir del 1° de junio de 2023- los días de pesca deportiva del dorado con devolución, proponiendo que sean desde los días lunes a jueves, reemplazando así los días actualmente autorizados por el Reglamento de Pesca con Devolución en la Zona de Seguridad Aguas Abajo de la Represa de Salto Grande.

II) Que mediante el Memo AMB N°04/23 se expidieron sobre el tema los asesores de Pesca y Otros Recursos Vivos, quienes manifestaron que no existen objeciones para autorizar la modificación de los días solicitados, entendiendo que se mantienen los tres (3) días de descanso de la presión de pesca ejercida sobre el recurso pesquero y que, de autorizarse, se volvería al cronograma de actividades original aprobado por la CARU en el año 2004.

III) Que la Subcomisión de Pesca y Otros Recursos Vivos de este Organismo Internacional, reunida el 8 de marzo de 2023, abordó las notas de referencia de los Permisionarios, así como también lo manifestado por los asesores expertos de CARU, y propuso autorizar el cambio de días de pesca en el Área Exclusiva bajo la Represa de Salto Grande en ambas márgenes del Río Uruguay (República Argentina y República Oriental del Uruguay).

ATENTO:

Al Reglamento de Pesca y Devolución en la Zona de Seguridad Aguas Abajo de la Represa de Salto Grande; la Resolución CARU N° 27/04; la Resolución CARU N° 46/09; la Resolución CARU N° 46/16; la Nota CARU Nº 330/22 presentada por el Permisionario UNA S.A y la Nota CARU Nº 328/22 presentada por el Permisionario Jafarul Trade S.A, el Memo AMB N° 04/23, el Informe N° 375/23 de la Subcomisión de Pesca y Otros Recursos Vivos, numeral 4, “Área de Pesca exclusiva bajo la represa de Salto Grande”, y a lo aprobado en la Sesión Plenaria de CARU del 29 de marzo de 2023.

LA COMISIÓN ADMINISTRADORA DEL RÍO URUGUAY  RESUELVE:

Artículo 1º) Modificar el Reglamento de Pesca y Devolución en la Zona de Seguridad Aguas Abajo de la Represa de Salto Grande en el punto 7.2 del Capítulo 2 – Modalidades de Pesca, Equipos y Señuelos, el que quedará redactado de la siguiente manera: “7.2. La pesca se realizará de lunes a jueves de cada semana, exclusivamente con luz diurna”.

Artículo 2º) Aprobar la modificación mencionada en el artículo precedente a partir del 1° de junio de 2023.

Artículo 3º) Publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay.

Artículo 4º) Comuníquese a la Dirección General de Recursos Acuáticos de la República Oriental del Uruguay y a la Dirección General de Recursos Naturales de la provincia de Entre Ríos de la República Argentina; dese a las Secretarías Administrativa y Técnica de CARU y cumplido, archívese.

Mario Daniel Ayala Barrios – José Eduardo Lauritto – Marcos Di Giuseppe