MINISTERIO DEL INTERIOR .

Decisión Administrativa 502/2023

DECAD-2023-502-APN-JGM –                                                                         
Contratación Directa por Adjudicación Simple                                  por Exclusividad N° 81-0009-CDI23.

 

Ciudad de Buenos Aires, 22/06/2023.

VISTO el Expediente N° EX-2023-57460238-APN-DCYS#MI, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivos modificatorios y normas complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la Contratación Directa por Adjudicación Simple por Exclusividad N° 81-0009-CDI23 para la prestación del diseño, planificación, desarrollo y operación del servicio de recolección, digitalización, transmisión y entrega de telegramas de mesa de las Elecciones Nacionales del año 2023, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Nacional Electoral Ley N° 19.945 (t.o. Decreto N° 2135/83) y sus modificaciones.

Que el referido procedimiento de contratación se encuadra como Contratación Directa por Adjudicación Simple por Exclusividad, de acuerdo a lo previsto en el artículo 25, inciso d) apartado 3 del Decreto N° 1023/01.

Que el artículo 17 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/16, dispone que “[…] En aquellos casos en que la exclusividad surja de normas específicas, se entenderá acreditada y documentada con la sola cita de las normas pertinentes […]”.

Que, en ese sentido, conforme a lo establecido en el artículo 105 del Código Nacional Electoral Ley N° 19.945 (t.o. Decreto N° 2135/83) el CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S. A. tiene a su cargo la recolección y transmisión de los telegramas con los resultados de mesa, que son comunicados a la Justicia Nacional Electoral y a la DIRECCIÓN NACIONAL ELECTORAL.

Que, en dicho marco, la DIRECCIÓN NACIONAL ELECTORAL dependiente de la SECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR solicitó al CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S. A. la cotización del servicio general referido, de conformidad con lo establecido en el artículo 52 del Anexo I de la Disposición N° 62/16 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES y sus modificatorias.

Que del Acta de Apertura de Ofertas de fecha 5 de junio de 2023 surge que fue confirmada la oferta correspondiente a la firma CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A. por un monto total de PESOS NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA MILLONES SESENTA MIL ($9.680.060.000), el cual contempla la suma de PESOS NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES SEIS MIL ($968.006.000) Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) incluido, sujeta a la realización de la eventual Segunda Vuelta.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL ELECTORAL del MINISTERIO DEL INTERIOR analizó la oferta recibida manifestando que aquella se corresponde con lo oportunamente requerido por dicho Organismo.

Que la Unidad Operativa de Contrataciones del MINISTERIO DEL INTERIOR aconsejó adjudicar la mencionada contratación a la firma CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A., por ser su oferta conveniente económicamente y ajustarse a lo solicitado por el área requirente.

Que el Ministro del Interior prestó conformidad a la convocatoria realizada, a la elección del procedimiento de selección, así como también al Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige en dicha convocatoria.

Que en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR se ha verificado la existencia de crédito presupuestario suficiente para atender el gasto que demande la presente medida.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios y por el artículo 9°, incisos d) y e) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus modificatorios y normas complementarias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDIR:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase la Contratación Directa por Adjudicación Simple por Exclusividad N° 81-0009-CDI23 del MINISTERIO DEL INTERIOR para la prestación del diseño, planificación, desarrollo y operación del servicio de recolección, digitalización, transmisión y entrega de telegramas de mesa de las Elecciones Nacionales del año 2023, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Nacional Electoral Ley N° 19.945 (t.o. Decreto N° 2135/83) y sus modificaciones.

ARTÍCULO 2°.- Adjudícase la Contratación Directa por Adjudicación Simple por Exclusividad Nº 81-0009-CDI23 al CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S. A. (C.U.I.T. N° 30-70857483-6) por un monto total de PESOS NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA MILLONES SESENTA MIL ($9.680.060.000), el cual contempla la suma de PESOS NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES SEIS MIL ($968.006.000), Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) incluido, sujeta a la realización de la eventual Segunda Vuelta.

ARTÍCULO 3°.- Autorízase a la Dirección de Compras y Suministros de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN del MINISTERIO DEL INTERIOR a emitir la respectiva Orden de Compra.

ARTÍCULO 4°.- Autorízase al Ministro del Interior a aprobar la ampliación, disminución, resolución, rescisión, declaración de caducidad y aplicación de penalidades al adjudicatario o cocontratante respecto de la contratación que por este acto se aprueba.

ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente medida se imputará con cargo a los créditos específicos del Presupuesto de la Jurisdicción 30 – MINISTERIO DEL INTERIOR para el Ejercicio 2023.

ARTÍCULO 6°.- Hágase saber que contra la presente medida se podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles a partir de su notificación o recurso jerárquico directo dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles a partir de su notificación, en ambos casos ante la autoridad que dictó el acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 84 y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 – T.O. 2017.

ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Agustín Oscar Rossi – Eduardo Enrique de Pedro.